Personas
Plan de Retiro Art. 93 | Flexible
Plan de Retiro Art. 93 | Flexible
Retírate a tu ritmo. Sin topes, sin edades impuestas y sin ISR para los tuyos.

Plan de Retiro Art. 93 | Flexible
Exención total al retiro desde los 60 años, sin límite de monto y sin depender de tu régimen fiscal.
35+
Aseguradoras aliadas
30+
Años de experiencia
100%
Clientes que nos recomiendan
"Llevaba años posponiendo mi plan de retiro. En una sola sesión entendí mi brecha real y hoy tengo una estrategia que además me devuelve impuestos cada año."
Eduardo M. · Director Comercial, CDMXEl problema
No todos pueden — o quieren — esperar hasta los 65 años ni depender de una deducción
El Artículo 151 es excelente cuando pagas ISR alto y puedes esperar al retiro formal. Pero muchos perfiles no encajan: contribuyentes en RESICO, personas morales, quienes cobran en efectivo, jóvenes con ISR bajo, o quienes simplemente quieren usar su capital antes de los 65 o para una meta distinta al retiro.
El Artículo 93 de la LISR resuelve estos casos: no da deducción anual, pero ofrece diferimiento durante toda la vida del plan y exención total al retiro desde los 60 años, sin límite de monto.
Cómo funciona
Así se construye la estrategia
01
Diagnóstico patrimonial y de meta
Definimos horizonte, edad objetivo de retiro y si la prioridad es capital para ti o transmisión exenta a beneficiarios.
02
Estructura del vehículo
Diseñamos la póliza-inversión con suma asegurada, primas y beneficiarios alineados a tu plan.
03
Aportaciones y compuesto libre de retención
El capital compone durante toda la vida del plan sin retenciones anuales de ISR sobre los rendimientos.
04
Retiro exento o transmisión exenta
A partir de los 60 años, retiros exentos sin tope. Si faltas antes, los beneficiarios reciben el capital libre de ISR.
Beneficios
Lo que esta estrategia le entrega
Exención total desde los 60 años
Retiras cuando quieras a partir de los 60 — sin límite de monto. El 151, en contraste, sólo exenta hasta 90 UMAs y a partir de los 65.
No depende de tu régimen fiscal
Funciona para RESICO, personas morales, ingresos en efectivo, extranjeros y jóvenes con ISR bajo — perfiles a los que el 151 no les rinde.
Rendimientos con diferimiento
Igual que el 151: el capital compone sin retenciones anuales de ISR durante toda la vida del plan.
Beneficiarios 100% exentos
Si el evento sucede antes del retiro, los beneficiarios reciben el capital libre de ISR — algo que el 151 no ofrece.
Siguiente paso
¿Cómo se vería tu plan de retiro art. 93 | flexible en tu caso concreto?
Proceso
Cuatro pasos hacia la implementación
Paso 1
Diagnóstico patrimonial
Paso 2
Diseño de la estructura
Paso 3
Emisión de la póliza
Paso 4
Revisión periódica de beneficiarios y meta
Casos de uso
Situaciones reales, soluciones reales
Contribuyente en RESICO o con ingresos en efectivo
No puede aprovechar la deducción del 151, pero construye retiro exento y transmisión libre de ISR con el 93.
Joven profesionista con ISR bajo
La deducción del 151 le rinde poco; con el 93 privilegia el compuesto y la flexibilidad de edad.
Empresario que quiere retirarse a los 60
Cinco años antes que el 151, y sin tope de 90 UMAs al retirar el capital.
Padre de familia enfocado en sucesión
Diseña el plan como vehículo de transmisión patrimonial exenta para hijos y cónyuge.
¿Es para ti?
Auto-califícate en 30 segundos
Si tienes coche sin protección, o una protección que deja que desear, entonces si. Descubre tus opciones en una sesión de diagnóstico sin costo, sin presión y sin compromiso.
Probablemente no, si…
- Tu prioridad es un beneficio fiscal inmediato en tu declaración.
- Necesitas todo tu capital líquido en menos de 5 años.
Preguntas frecuentes
Lo que nuestros clientes preguntan
El 151 da deducción anual (~30% de lo aportado) pero exige esperar a los 65 y tiene tope al retirar. El 93 no da deducción anual, pero permite retiro exento desde los 60, sin límite de monto, y deja a los beneficiarios exentos. Muchos clientes combinan ambos.
Pagas ISR únicamente sobre el rendimiento real (neto de inflación), lo cual suele resultar en un impuesto mínimo — muy distinto al 20% sobre el total que aplica al 151 antes de los 65.
No. Conforme al Artículo 93 de la LISR, los beneficiarios reciben el capital exento de ISR. En el 151, por contraste, los beneficiarios sí pagan ISR sobre lo recibido.
No hay tope legal como los 5 UMAs del 151. El monto se dimensiona con base en tu meta patrimonial y capacidad de aportación.
Sí, en cualquier momento y sin costo. Recomendamos revisarlos anualmente o ante cualquier cambio familiar.
Sigue explorando
Otras soluciones para personas como tú…
Casi nunca una sola estrategia lo resuelve todo. Estas suelen ir de la mano.
¿Plan de Retiro Art. 93 | Flexible es para ti?
Descúbralo en una sesión de diagnóstico sin costo. Números reales, escenarios claros, cero presión.